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Desde julio, morosos fiscales no obtendrán pasaportes ni créditos

Para obtener créditos por más de G. 28 millones, vender o hipotecar inmuebles rurales o urbanos, o comercializar rodados, también se deberá contar con la documentación requerida por Tributación.
A partir del 1 de julio de este año, todas las personas que deseen obtener un crédito, solicitar una patente municipal, vender o comprar un vehículo, vender o hipotecar inmuebles o solicitar pasaportes, deberán contar con el certificado de cumplimiento tributario (no adeudar impuestos) o de no ser contribuyente, expedido por la Subsecretaría de Tributación (SET). A excepción de la obtención de pasaportes, en todos los demás casos los documentos serán requeridos cuando las operaciones superen los 20 salarios mínimos (es decir, montos superiores a G. 28.177.260).

Es decir, aquellos que tengan alguna deuda con el fisco, deberán saldar primero su cuenta para poder realizar después las operaciones que precisen. Las documentaciones podrán ser adquiridas vía internet, en las Plataformas de Atención al Contribuyente (PAC) de Tributación y en las entidades financieras (bancos, financieras y cooperativas) en las cuales se solicita el crédito.

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